Cursos Permanentes Dirección de Desarrollo Social GAD Latacunga

Cursos Permanentes Dirección de Desarrollo Social GAD Latacunga
Programa Cantonal De Desarrollo E Inclusión Social “Vicente León” El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Latacunga, por medio de la Dirección de Desarrollo Social, realiza un programa para impulsar y promover el desarrollo e inclusión social en el Cantón Latacunga. Cursos Gratuitos

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PROGRAMA CANTONAL DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL “VICENTE LEÓN”




GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
CANTÓN LATACUNGA



  
DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL
JEFATURA DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTES
JEFATURA DE PROMOCIÓN SOCIAL



PROGRAMA CANTONAL DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
“VICENTE LEÓN”





2015 - 2019
ANTECEDENTES:
El cantón Latacunga se ubica en la sierra central, en la provincia de Cotopaxi. Se encuentra a una altitud promedio de 2850 msnm y limita al Norte con la provincia de Pichincha, al Sur con el cantón Salcedo, al Este con la provincia de Napo y al Oeste con los cantones Sigchos, Saquisilí y Pujilí.
El cantón Latacunga presenta limitaciones para garantizar un nivel de vida más equitativo y socialmente justo para su población, debido al modelo de organización territorial que profundiza y mantiene la brecha entre lo urbano y lo rural.
Cuenta con cinco parroquias urbanas: La Matriz, Eloy Alfaro, Ignacio Flores, Juan Montalvo y San Buenaventura; estas son parroquias de las cuales la mayor parte de sus habitantes ocupa la superficie céntrica del territorio, lugar donde tuvo sus orígenes la ciudad como tal.

De acuerdo al Instituto Nacional Ecuatoriano de Estadística y Censos (INEC), la ciudad de Latacunga presentó al año 2010 una población urbana de 63.842 habitantes, que en el transcurso de los últimos años se ha incrementado en esta zona.
La zona rural está compuesta por 10 parroquias, estas son: Aláquez, Belisario Quevedo, Guaytacama, Joseguango Bajo, Mulaló, 11 de Noviembre, Pastocalle, Poalo, Tanicuchi y Toacaso. La ciudad de Latacunga concentra la mayor parte de población. 

Parroquias Rurales del Cantón Latacunga


PROBLEMA:
El proceso de desarrollo e inclusión social en el cantón Latacunga ha sido muy limitado esto en gran parte debido a que tanto los actores públicos como privados que regulan y forman parte del sistema económico y productivo han incluido dentro de sus estructuras, acciones muy limitadas que vayan encaminadas a la integración social, la recreación, la reducción de la pobreza, el desarrollo personal, la inclusión social de personas con discapacidad y al bienestar familiar de quienes forman parte de su entorno laboral y social, esto dificulta en gran medida el alcanzar las metas programadas dentro del plan del buen vivir.
Con estos antecedentes, la demanda social requiere la generación de propuestas que sirvan para fomentar un mejor proceso de desarrollo e inclusión social y bienestar de los habitantes del cantón Latacunga.

JUSTIFICACIÓN:
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Latacunga es el organismo encargado de  definir políticas, normas y  regulaciones, así como de impulsar y  promover   el desarrollo e inclusión social en el Cantón. 
En su Misión Institucional propone Planificar, implementar y sustentar las acciones de desarrollo del Gad Municipal.
Dinamizar los proyectos de obras y servicios con calidad y oportunidad, que aseguren el desarrollo social y económico de la población, con la participación directa y efectiva de los diferentes actores sociales, dentro de un marco de transparencia y ética institucional y el uso óptimo de los recursos humanos altamente comprometidos, capacitados y motivados.
Considerando además que la Constitución de la República establece lo siguiente:

TITULO II
DERECHOS
Capítulo primero
Principios de aplicación de los derechos
Art.22.- Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría.  
Concordancias: CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, Arts. 7, 34, 43, 44, 249 LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL, CODIFICACIÓN Arts. 18, 19, 80, 329, 346. CÓDIGO CIVIL (LIBRO II) Arts. 599.
Art.23.- Las personas tienen derecho a acceder y participar del espacio público como ámbito de deliberación, intercambio cultural, cohesión social y promoción de la igualdad en la diversidad. El derecho a difundir en el espacio público las propias expresiones culturales se ejercerá sin más limitaciones que las que establezca la ley, con sujeción a los principios constitucionales.
Concordancias:
CÓDIGO CIVIL (LIBRO II) Arts. 604.
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Arts. 43
Capítulo tercero
Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
Art.35.- Las personas adultas mayores, niñas niños y adolecentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia domestica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El estado prestara especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad.
Concordancias:
CÓDIGO CIVIL (LIBRO I) Arts. 61.
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Arts. 25, 42, 55, 57.
CODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE TRABAJO. Art. 153
CÓDIGO PENAL. Art. 58
LEY CONTRA LA VIOLENCIA DE LA MUJER Y LA FAMILIA. Art. 4
LEY DE SEGURIDAD SOCIAL. Art. 106

Sección primera
Adultas y adultos mayores
Art.36.- Las personas mayores recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado, en especial en los campos de inclusión social y económica, y protección contra la violencia. Se consideraran personas adultas mayores aquellas personas que hayan cumplido los sesenta y cinco años de edad.
Concordancias:
LEY DE AGUAS, CODIFICACIÓN. Art. 1

Art.38.- El Estado establecerá políticas públicas y programas de atención a las personas adultas mayores, que tendrán en cuenta las diferencias especificas entre áreas urbanas y rurales, las inequidades de género, la etnia, la cultura y las diferencias propias de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades; asimismo fomentara e mayor grado posible de autonomía personal y participación en la definición y ejecución de estas políticas. En particular, el Estado tomara medidas de:
3. Desarrollo de programas y políticas destinadas a fomentar su autonomía personal, disminuir su dependencia y conseguir su plena integración social.
5. Desarrollo de programas destinados a fomentar la realización de actividades recreativas y espirituales

Sección segunda
Jóvenes

Art.39.- El Estado garantizara los derechos de las jóvenes y los jóvenes, y promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas y programas, instituciones y recursos que aseguren y mantengan de modo permanente su participación e inclusión en todos los ámbitos, en particular en los espacios del poder público.
El estado reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos de desarrollo del país, y les garantizara la educación, salud, vivienda, recreación, deporte tiempo libre, libertad de expresión y asociación. El estado fomentara su incorporación al trabajo en condiciones justas y dignas, con énfasis en la capacitación, la garantía de acceso al primer empleo y la promoción de sus habilidades de emprendimiento.
Concordancias:
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Arts. 27, 37, 62, 81.
CODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE TRABAJO. Arts. 35, 134, 136.

Sección quinta
Niñas, niños y adolecentes
Art.44.- El Estado la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y aseguraran el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas.
Las niñas, niños y adolecentes tendrán derecho a su desarrollo integral, entendido como proceso de crecimiento maduración y despliegue de su intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad. Este entorno permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales, afectivo-emocionales y culturales, con el apoyo de políticas intersectoriales nacionales y locales.
Concordancias:
CÓDIGO CIVIL (LIBRO I) Arts. 220, 268.
LEY CONTRA LA VIOLENCIA DE LA MUJER Y LA FAMILIA. Art. 1
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Arts. 1, 8, 9.

Art.45.- Las niñas, niños y adolecentes gozaran de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado reconocerá y garantizara la vida, incluso el cuidado y protección desde la concepción.
Las niñas, niños y adolecentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausente, salvo que fuera perjudicial para su bienestar.
El Estado garantizara su libertad de expresión y asociación, el funcionamiento libre de los concejos estudiantiles y demás formas asociativas.
Concordancias:
CÓDIGO CIVIL (LIBRO I) Arts. 61
CÓDIGO PENAL Arts. 58, 441
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Arts. 2, 20, 23, 148
CODIFICACIÓN DE LEY DE MATERNIDAD GRATUITA Y ATENCIÓN A INFANCIA Arts. 1, 2
LEY ORGÁNICA DE SALUD, Arts. 21, 44

Art. 46.- El estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes:
2. Protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. Se prohíbe el trabajo de menores de quince años, y se implementarán políticas de erradicación progresiva del trabajo infantil.
3. atención preferente para la plena integración social de quienes tengan discapacidad. El estado garantizará su incorporación en el sistema de educación regular y en la sociedad.

SECCIÓN SEXTA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Art. 47.- El estado garantizará políticas de prevención de discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social.
Se reconoce a las personas con discapacidad los derechos a:
10. El Acceso de manera adecuada a todos los bienes y servicios. Se eliminarán las barreras arquitectónicas.
11. El acceso a mecanismos, medios y formas alternativas de comunicación, entre ellos el lenguaje de señas para personas sordas, el oralismo y el sistema braille
Concordancias:
CODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE TRABAJO, Arts. 42, 346, 360, 366, 438.
CÓDIGO TRIBUTARIO, CODIFICACIÓN, Arts. 32, 35.
LEY ORGÁNICA DE SALUD, Arts. 6, 7
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, ARTS. 26

Art. 48.- El Estado adoptará a favor de las personas con discapacidad medidas que aseguren:
1.      La inclusión social, mediante planes y programas estatales y privados coordinados, que fomenten su participación política, social, cultural, educativa y económica.
2.      El desarrollo de programas y políticas dirigidas a fomentar su esparcimiento y descanso. 
Además que el Código de la Niñez y Adolescencia dice:
Art. 1.- Finalidad.- Dispone sobre la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben garantizar a todos los niños, niñas y adolecentes que viven en el Ecuador, con el fin de lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en un marco de libertad, dignidad y equidad.
Para este efecto, regula el goce y ejercicio de los derechos, deberes y responsabilidades de los niños, niñas y adolecentes y los medios para hacerlos efectivos, garantizarlos y protegerlos, conforme al principio del interés superior de la niñez y adolescencia y a la doctrina de protección integral.
Concordancias: LEY CONTRA LA VIOLENCIA A LA MUJER Y LA FAMILIA. Arts. 1


TITULO II
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Art. 8.- Corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia.- Es deber del Estado, la sociedad y la familia dentro de sus respectivos ámbitos, adoptar las medidas políticas, administrativas, económicas, legislativas, sociales y jurídicas que sean necesarias para la plena vigencia, ejercicio efectivo, garantía, protección y exigibilidad de la totalidad de los derechos de niños; niñas y adolecentes.
El estado y la sociedad formularan y aplicaran políticas públicas sociales y económicas; y destinaran recursos económicos suficientes en forma estable permanente y oportuna.
Art. 12.- Prioridad absoluta.- En la formulación y ejecución de las políticas públicas y en la provisión de recursos, debe asignarse prioridad absoluta a la niñez y adolescencia, a las que se asegurara, además, el acceso preferente a los servicios públicos y a cualquier clase de atención que requieran.
Se da prioridad especial a la atención de niños y niñas menores de seis años.
En caso de conflicto, los derechos de los niños, niñas y adolecentes prevalecen sobre los derechos de los demás.

Capítulo II
Derechos de supervivencia
Art. 26.- Derecho a una vida digna.- Los niños, niñas y adolecentes tienen derecho a una vida digna, que les permita disfrutar de las condiciones socioeconómicas necesarias para su desarrollo integral.
Este derecho incluye aquellas presentaciones que aseguren una alimentación nutritiva, equilibrada y suficiente, recreación y juego, acceso a los servicios de salud, a educación de calidad, vestuario adecuado, vivienda segura, higiénica y dotada de los servicios básicos.
Para el caso de los niños, niñas y adolescentes con discapacidades, el Estado y las instituciones que las atienden deberán garantizar las condiciones, ayudas técnicas y eliminación de barreras arquitectónicas para la comunicación y transporte.
Concordancias: CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR  2008, Arts. 13, 24
Art. 27.- Derecho a la salud.- Los niños, niñas y adolecentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel de salud física, mental psicológica y sexual.
El derecho a la salud de los niños, niñas y adolecentes comprende:
8. El vivir y desarrollarse en un ambiente estable y afectivo que les permita un adecuado desarrollo emocional.

Capítulo III
Derechos relacionados con el desarrollo
Art. 34.-  Derecho a la identidad cultural.- Los niños, niñas y adolecentes tienen derecho a conservar, desarrollar, fortalecer y recuperar su identidad y valores espirituales, culturales, religiosos, lingüísticos, políticos y sociales y a ser protegidos contra cualquier tipo de interferencia que tenga por objeto sustituir, alterar o disminuir estos valores.
Concordancias:
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 2008. Arts. 11, 21, 57.
Art. 37.- Derecho a la educación.- Los niños, niñas y adolecentes tienen derecho a una educación de calidad.
Este derecho demanda de un sistema educativo que:
2. Respete las culturas y especificidades de cada región y lugar;  
3. Contemple propuestas educacionales flexibles y alternativas para atender las necesidades de todos los niños, niñas y adolecentes con prioridad de quienes tienen discapacidad, trabajan o viven una situación que requiera mayores oportunidades para aprender.
Así mismo que, según el Código Orgánico de Organización Territorial y Descentralización en el capítulo III sección primera art. 53, Los gobiernos autónomos descentralizados municipales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera.
Que según el art. 54 del mismo código: son funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado las siguientes:
a)      Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;
b)      Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;
h)   Promover los procesos de desarrollo económico local en su jurisdicción, poniendo una atención especial en el sector de la economía popular y solidaria, para lo cual coordinará con los otros niveles de gobierno;
j)    Implementar los sistemas de protección integral del cantón que aseguren el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales, lo cual incluirá la conformación de los Concejos Cantonales, Juntas Cantonales y redes de protección de derechos de los grupos de atención prioritaria. Para la atención en las zonas rurales coordinará  con los Gobiernos Autónomos Parroquiales y Provinciales.
q)   Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la colectividad del cantón;
Que según el art. 55.- Los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley;
g) Planificar, construir y mantener la estructura física y los equipos de salud y educación, así como los espacios públicos destinados al Desarrollo Social, Cultural y Deportivo, de acuerdo con la ley;
h) Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines;
n) Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus   competencias.
Que en la sección segunda del mismo código art. 57.- Al concejo municipal le corresponde:
aa) Emitir políticas que contribuyan al desarrollo de las culturas de su jurisdicción, de acuerdo con las leyes sobre la materia;
ab) Instruir el sistema cantonal de protección integral para los grupos de atención prioritaria; y,
ac) Las demás previstas en la ley.
Que en la sección tercera Art. 60.- le corresponde al alcalde o alcaldesa:
n) Suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan al gobierno autónomo descentralizado municipal, de acuerdo con la ley. Los convenios de crédito o aquellos que comprometan el patrimonio institucional requerirán autorización del Concejo, en los montos y casos previstos en las ordenanzas cantonales que se dicten en la materia;
v) Coordinar la acción municipal con las demás entidades públicas y privadas;
w) Dirigir y supervisar las actividades de la municipalidad, coordinando y controlando el funcionamiento de los distintos departamentos;
En este contexto, con el afán de coadyuvar al cumplimiento de la Misión Institucional y en concordancia con el alto índice de niños, niñas, adolecentes, adultos mayores y discapacitados, que por varios motivos tienen acceso limitado o nulo a espacios y actividades recreativas, deportivas, culturales, artísticas, e inclusivas que promuevan el buen vivir y aporten a la disminución y cierre de brechas socioeconómicas y psicológicas en el cantón Latacunga; El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Latacunga, su Alcalde el Dr. Patricio Sánchez Yánez a través de la Dirección de Desarrollo Social del Gad Municipal del Cantón Latacunga conscientes de que es necesario generar espacios que permitan atender las necesidades expuestas, ha decidido crear el Programa de Desarrollo e Inclusión Social del Cantón Latacunga, mismo que permitirá atender las necesidades de los grupos de atención prioritaria y población en general de los sectores urbanos y rurales del cantón Latacunga.

OBJETIVOS:
 OBJETIVO GENERAL.
Generar a través de del GAD M Latacunga, espacios culturales,  deportivos, recreacionales, de inclusión social, educativos, y artísticos para los niños, niñas, adolecentes, adultos mayores y discapacitados, que promuevan el buen vivir y aporten a la disminución y cierre de brechas socioeconómicas y psicológicas en el cantón Latacunga
ESPECIFICOS:
1)      Diseñar el plan estratégico del programa.
a.      Definir el segmento poblacional a intervenir.
b.      Definir las actividades a ejecutarse.
2)      Definir modelo de ejecución de las actividades.
a.      Diseñar un esquema y plan de trabajo para cada actividad.
b.      Establecer el mecanismo de evaluación y seguimiento.
3)      Análisis económico financiero.
a.      Análisis de costos de personal e insumos.
b.      Presupuesto general.

DESARROLLO E INGENIERÍA DEL PROYECTO
PLAN ESTRATÉGICO:
Para ello dentro del Programa se ha delimitado como línea estratégica, ejecutar varias actividades inherentes a la Jefatura de Educación Cultura y Deporte y a la Jefatura de Promoción Social, mismas que son dependientes de la Dirección de Desarrollo Social, siendo las actividades las siguientes:



UNIDAD EJECUTORA
JEFATURA DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTES


ACTIVIDAD
TIPOLOGÍA

CULTURAL, EDUCATIVA
DANZA

MÚSICA

TEATRO

LECTURA

FOTOGRAFÍA

ORATORIA

DEPORTIVA
BASKET

GIMNASIA

TENNIS

RUMBATERAPIA



UNIDAD EJECUTORA
JEFATURA DE PROMOCIÓN SOCIAL


ACTIVIDAD
TIPOLOGÍA


INCLUSIÓN SOCIAL
TEJIDOS

DANZA INCLUYENTE

CORO INCLUYENTE

MUSICA INCLUYENTE

TEATRO INCLUYENTE

RUMBATERAPIA INCLUYENTE



UNIDAD EJECUTORA
CONSEJO DE PROTECCIÓN DE DERECHOS


ACTIVIDAD
TIPOLOGÍA


DIFUSIÓN
CAMPAÑA DE DIFUSIÓN DE DERECHOS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS

PREVENCIÓN
TALLERES DE CONCIENTIZACIÓN DE DERECHOS DE GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA

ERRADICACIÓN
CAPACITACIÓN SOBRE ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL EN PLAZAS Y MERCADOS




PROCESO A EJECUTARSE:
PLAN GENERAL DE TRABAJO
PROYECTO  / TIEMPO
ACTIVIDADES
MARZO
ABRIL
PUESTA EN MARCHA DE LINEAS ESTRATÉGICAS DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL
Socialización con juntas parroquiales
Hasta 25/03/2015

Mapeo de beneficiarios
Hasta 31/03/2015

Inscripciones

Hasta 15/04/2015
Definición de grupos

Hasta 20/04/2015
Definición de horarios

Hasta 21/04/2015
Definición de espacios

Hasta 22/04/2015
Inauguración y puesta en marcha

26/04/2015
Monitoreo
Permanente


PLANIFICACIÓN INDIVIDUAL POR ACTIVIDADES:

DESCRIPCIÓN
DANZA, MUSICA, TEATRO, LECTURA, FOTOGRAFÍA, ORATORIA
ABRIL
Direccionado a niños niñas y adolecentes comprendidos entre los 10 a 17 años de edad de los sectores urbano y rural del cantón Latacunga
Inscripciones
Hasta 15/04/2015
Definición de grupos y horarios
Hasta 20/04/2015
Inauguración y puesta en marcha
26/04/2015
Monitoreo
Permanente
                

DESCRIPCIÓN
BASKET, GIMNACIA, TENNIS
ABRIL
Direccionado a niños niñas y adolecentes comprendidos entre los 10 a 17 años de edad de los sectores urbano y rural del
cantón Latacunga
Inscripciones
Hasta 15/04/2015
Definición de grupos y horarios
Hasta 20/04/2015
Inauguración y puesta en marcha
26/04/2015
Monitoreo
Permanente

DESCRIPCIÓN
RUMBATERAPIA
ABRIL
Direccionado a la ciudadanía en general de los sectores urbano y rural del cantón Latacunga
Definición de horarios
Hasta 20/04/2015
Inauguración y puesta en marcha
26/04/2015
Monitoreo
Permanente

DESCRIPCIÓN
TEJIDOS
ABRIL
Direccionado a la ciudadanía en general con énfasis al adulto mayor de los sectores urbano y rural del cantón Latacunga
Inscripciones
Hasta 15/04/2015
Definición de grupos y horarios
Hasta 20/04/2015
Inauguración y puesta en marcha
26/04/2015
Monitoreo
Permanente


DESCRIPCIÓN
DANZA INCLUYENTE, CORO INCLUYENTE,  MÚSICA INCLUYENTE, TEATRO INCLUYENTE, RUMBATERAPIA INCLUYENTE.
ABRIL
Direccionado a niños niñas y adolecentes con un nivel tolerable de discapacidad comprendidos entre los 10 a 17 años de edad, y adultos mayores de los sectores urbano y rural del cantón Latacunga
Inscripciones
Hasta 15/04/2015
Definición de grupos y horarios
Hasta 20/04/2015
Inauguración y puesta en marcha
26/04/2015
Monitoreo
Permanente

DESCRIPCIÓN
CAMPAÑA DE DIFUSIÓN DE DERECHOS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
ABRIL
Direccionado a la ciudadanía en general de los sectores urbano y rural del cantón Latacunga
Definición de cronograma de visitas a centros educativos
Hasta 20/04/2015
Inauguración y puesta en marcha
26/04/2015
Monitoreo
Permanente







DESCRIPCIÓN
TALLERES DE CONCIENTIZACIÓN DE DERECHOS DE GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA
ABRIL
Direccionado a la ciudadanía en general de los sectores urbano y rural del cantón Latacunga
Definición de cronograma anual de talleres
Hasta 20/04/2015
Inauguración y puesta en marcha
26/04/2015
Monitoreo
Permanente
DESCRIPCIÓN
CAPACITACIÓN SOBRE ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL EN PLAZAS Y MERCADOS
ABRIL
Direccionado a la ciudadanía en general de los sectores urbano y rural del cantón Latacunga
Definición de cronograma de trabajo
Hasta 20/04/2015
Inauguración y puesta en marcha
26/04/2015
Monitoreo
Permanente




ANÁLISIS ECONÓMICO FINANCIERO



PRESUPUESTO DE PERSONAL

PRESUPUESTO DEL PERSONAL REQUERIDO PARA EL PROGRAMA


UNIDAD EJECUTORA


ACTIVIDAD
Nº DE INSTRUCTORES REQUERIDOS
Nº DE MESES LABORALES
VALOR MENSUAL DE PAGO
VALOR TOTAL DE PAGO

CULTURAL, EDUCATIVA
1
9
250
2250

1
9
250
2250

1
9
250
2250

1
9
250
2250

1
9
250
2250

1
9
250
2250

DEPORTIVA
1
9
250
2250

1
9
250
2250

1
9
250
2250

1
9
250
2250

SUB TOTAL



22500

UNIDAD EJECUTORA



ACTIVIDAD
Nº DE INSTRUCTORES REQUERIDOS
Nº DE MESES LABORALES
VALOR MENSUAL DE PAGO
VALOR TOTAL DE PAGO


INCLUSIÓN SOCIAL
1
9
250
2250

1
9
250
2250

1
9
250
2250

1
9
250
2250

1
9
250
2250

1
9
250
2250

SUB TOTAL



13500

UNIDAD EJECUTORA



ACTIVIDAD
Nº DE INSTRUCTORES REQUERIDOS
Nº DE MESES LABORALES
VALOR MENSUAL DE PAGO
VALOR TOTAL DE PAGO


DIFUSIÓN
9
600
5400

PREVENCIÓN
TALLERES DE CONCIENTIZACIÓN DE DERECHOS DE GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA

ERRADICACIÓN
CAPACITACIÓN SOBRE ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL EN PLAZAS Y MERCADOS

SUB TOTAL



5400

TOTAL PRESUPUESTO  PERSONAL
$41.400,00 USD






PRESUPUESTO DE INSUMOS
PRESUPUESTO DE INSUMOS Y EQUIPOS REQUERIDOS PARA EL PROGRAMA


UNIDAD EJECUTORA
JEFATURA DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTES

ACTIVIDAD
TIPOLOGÍA
INSUMOS REQUERIDOS
Nº DE INSUMOS REQUERIDOS
VALOR UNITARIO
VALOR TOTAL

CULTURAL, EDUCATIVA
DANZA, MUSICA, TEATRO, LECTURA, FOTOGRAFIA, ORATORIA.
PARLANTE AMPLIFICADO 15 PULGADAS
2
240
480

PARTITURAS
1
40
40

ESCENARIO
2
2000
4000

MICROCOMPONENTE
2
145
290

CABALLETES DE EXPOSICIÓN
20
30
600

CUERDAS DE GUITARRA
4
10
40

DEPORTIVA
BASKET, GIMNASIA, TENNIS, RUMBATERAPIA
BALON DE BASKET
10
40
400

PAQUETE DE PELOTA DE TENNIS
10
30
300

RED DE TENNIS
4
100
400

CRONOMETRO
2
20
40

SUB TOTAL




6590

UNIDAD EJECUTORA
JEFATURA DE PROMOCIÓN SOCIAL


ACTIVIDAD
TIPOLOGÍA
INSUMOS REQUERIDOS
Nº DE INSUMOS REQUERIDOS
VALOR UNITARIO
VALOR TOTAL


INCLUSIÓN SOCIAL
TEJIDOS, DANZA INCLUYENTE, CORO INCLUYENTE, MUSICA INCLUYENTE, TEATRO INCLUYENTE, RUMBATERAPIA INCLUYENTE.
JUEGO DE PATRON DE TEJIDO
2
50
100

MEMORY FLASH DE 8 GB
6
10
60

KIT DE MAQUILLAJE
4
200
800

PROYECTOR
1
1200
1200

SUB TOTAL




2160

UNIDAD EJECUTORA
DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL


ACTIVIDAD
TIPOLOGÍA
INSUMOS REQUERIDOS
Nº DE INSUMOS REQUERIDOS
VALOR UNITARIO
VALOR TOTAL


DIFUSIÓN, PREVENCIÓN, ERRADICACIÓN
CAMPAÑA DE DIFUSIÓN DE DERECHOS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, TALLERES DE CONCIENTIZACIÓN DE DERECHOS DE GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA, CAPACITACIÓN SOBRE ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL EN PLAZAS Y MERCADOS
Computador portatil i5
1
1200
1200



SUB TOTAL




1200

TOTAL PRESUPUESTO INSUMOS Y EQUIPOS
$9950,00 USD





PRESUPUESTO GENERAL PARA EL PROGRAMA SIN IVA
PRESUPUESTO REQUERIDO
$51.350,00 USD


12 %IVA
$6162,00 USD


PRESUPUESTO GENERAL PARA EL PROGRAMA INCLUIDO 12% IVA
PRESUPUESTO GENERAL REQUERIDO PARA EL PROYECTO
$57.512,00 USD



PERFIL PROFESIONAL Y MODELO DE CONTRATACIÓN
El perfil profesional requerido para cada una de las actividades descritas deberá cumplir con lo siguiente:
·        Experiencia en funciones similares equivalentes a un año.
·        Certificación de estudios y capacitación referentes a la temática.
·        Certificados de honorabilidad.
·        Ruc y facturero actualizado que permita su contratación.
·        Cuenta bancaria o cooperativa en estado activo.
·        Demás requisitos que legalmente solicite el departamento de Talento Humano y otros adicionales que pudieran solicitarse por parte del GAD Municipal del Cantón Latacunga.
El modelo de contratación, será por servicios profesionales o personales y no generará ningún tipo de relación de dependencia con el GAD Municipal del Cantón Latacunga, y el pago de sus haberes se realizará previo el cumplimiento del siguiente proceso:
·        Presentación de factura e informe de cumplimiento mensual de actividades a la Dirección de Desarrollo Social.
·        Aprobación del informe en la Dirección de Desarrollo Social y envío de la factura y solicitud de pago a la Dirección Financiera.



LUGARES DE EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES
Los lugares estratégicos en donde se desarrollarán las actividades previstas en este programa son:
·        Casa de los Marqueses.
·        Hacienda Tilipulo.
·        Parque Náutico La Laguna.
·        Edificios de los Centros Artesanales Parroquiales

CONCLUSIONES:
·        En cada actividad se atenderá un cupo de 20 personas como máximo, al multiplicar esta cantidad por las 16 actividades, tendremos un grupo poblacional atendido de 320 personas, parámetros de atención en inclusión social que no tienen precedente en la administración municipal.

·        La naturaleza del programa y su estructura flexible hace que sea susceptible de cambio en cualquier momento, por lo que su perfectibilidad es viable a medida de su ejecución.

·        El proyecto cumple con las metas planificadas en el Plan del Buen Vivir, por lo que el beneficio social medible mediante el análisis de la Taza Interna de Retorno Social, permitirá marcar una clara diferencia entre las administraciones anteriores que no tenían una planificación estratégica efectiva en relación a la administración actual que elimina brechas sociales y propende a la inclusión social.

·        La ejecución de este programa permitirá que el Gad Municipal, el Sr. Alcalde y demás autoridades se involucren directamente y den solución a varios problemas sociales que mantienen baja la autoestima de los Latacungueños.

·        El modelo de programa es sencillo y de fácil ejecución, lo que facilita la continuidad del mismo en los años siguientes.












Elaborado por:
Ing. Jorge Albán Escobar.
Director de Desarrollo Social.
 

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